Mulet lamenta el PSOE utilice la memoria histórica de manera efectista sin resultados.

Madrid, a 19  de noviembre de 2018. El portavoz de Compromís en el Senado, Carles Mulet, ha registrado 22  enmiendas a la moción presentada en el Senado, por el PSOE sobre la exhumación de Franco y la mejora de la ley de memoria histórica, que deberá debatirse a partir de mañana en el pleno de la Cámara Alta.

Según Mulet “ el PSOE se puso de espalda en el Senado a nuestra propuesta de ley de Víctimas del Franquismo que abordaba y daba solución a las lagunas de la actual legislación, y ahora, presentan una moción que no sirve absolutamente para nada, pues se limita a autocomplacencia, sin compromisos, y sin abordar el fondo de las insuficiencias de la ley actual”

 

 

 

 

De adición al final punto 1

e insta al Gobierno a iniciar los trámites para declarar ilegal el golpe franquista, el gobierno franquista y los tribunales franquistas.

De adición al final punto 2

Para ello, insta al Gobierno a tomar las medidas oportunas para retornar a sus familiares los cuerpos secuestrados de las víctimas del franquismo depositadas en este mausoleo, incluyendo la de José Antonio Primo de Rivera que mantiene un lugar preeminente.

De adición al final punto 4, a)

La revisión y mejora de la Ley vigente ha de contemplar el reconocimiento como  víctimas del franquismo a:

1) Las personas víctimas de desaparición forzada durante la Guerra Civil y la Dictadura franquista.

2) Las personas que fueron objeto de condenas dictadas por los tribunales ilegítimos instaurados tras el golpe militar de 1936.

3) Las personas que se exiliaron por causa de la Guerra Civil y de la Dictadura franquista por defender sus derechos y libertades democráticos.

4) Las personas que, debido a su compromiso con los derechos y libertades democráticos y para defender su pervivencia en la sociedad española, española y europea, padecieron confinamiento, torturas y, en muchos casos, la muerte en campos de concentración y exterminio de los países configurados políticamente bajo el fascismo.

5) Las personas que participaron en la guerrilla antifranquista, así como quienes les prestaron apoyo activo como colaboradores de la misma en defensa del Gobierno legítimo de la Segunda República española y por la recuperación de la democracia.

6) Los niños y niñas recién nacidos que fueron sustraídos y/o entregados irregularmente a otras personas, así como sus progenitores y hermanos o hermanas. Su inclusión en el Censo de Memoria Democrática se realizará únicamente a instancia de parte.

7) Las mujeres que padecieron humillación, persecución, violación o castigo por haber ejercido su libertad personal o profesional durante la Segunda República, o por el mero hecho de ser compañeras, esposas o hijas de quienes participaron en la vida pública de la democracia republicana. Su inclusión en el Censo de Memoria Democrática se realizará únicamente a instancia de parte.

8) Las personas que padecieron represión por sus creencias políticas o religiosas, por su orientación sexual o por su origen étnico.

9) Las personas que desempeñaron trabajos de manera forzada y que fueron utilizadas como mano de obra sin su consentimiento y bajo coacción durante las Guerra Civil y la Dictadura franquista.

10) Los empleados públicos que, mediante el oportuno expediente o por vía de hecho fueron castigados, expedientados o depurados como consecuencia de sus convicciones democráticas, su participación activa en defensa de la legalidad constitucional de la Segunda República española, su oposición al golpe militar de 1936 y a la dictadura franquista.

11) Las personas que padecieron privación de libertad por su defensa de la Segunda República o por su resistencia al régimen franquista con el fin de restablecer un régimen democrático.

12) Las entidades políticas, sindicales o asociaciones que fueron ilegalizadas durante la Guerra Civil y la dictadura franquista y que fueron doblemente castigadas con la represión sobre sus miembros y la incautación o expropiación de sus bienes.

13) Se procederá a la regulación de las figuras de la desaparición forzosa y el desaparecido, para que ampare un tratamiento jurídico adecuado de las víctimas asesinadas y enterradas al margen de la legalidad.

De adición nuevo punto

El Senado insta al Gobierno a dinamitar el Valle de los Caídos una vez exhumados todos los cuerpos y retornados a sus familiares o garantizado el derecho a una sepultura digna.

De adición nuevo punto

El Senado insta al Gobierno a impulsar las medidas oportunas para declarar ilegales y nulos y sin ningún efecto jurídico todos los consejos de guerra sumarísimos y las correspondientes sentencias, instruidos por causas políticas en el Estado español  por el régimen franquista, de acuerdo con el Bando de 28 de julio de 1936, el Decreto de 31 de agosto de 1936, el Decreto número 55 de 1 de noviembre de 1936, la Ley de 2 de marzo de 1943, la Ley de 18 de abril de 1947, el Decreto 1794/60, de 21 de septiembre y el Decreto Ley 10/75, de 26 de agosto.

De adición nuevo punto

El Senado insta al Gobierno a proceder a la derogación de la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía, en cuanto ampare la impunidad de los crímenes cometidos durante el periodo definido como Memoria Democrática del Estado español en esta Ley.

De adición nuevo punto

El Senado insta al Gobierno a elaborar un Censo de Memoria Democrática en el Estado español, integrado con información de desaparecidos y víctimas de la Guerra Civil y del franquismo, de carácter público, que requerirá del consentimiento de la víctima directa y, en caso de fallecimiento o desaparición, que no medie la oposición de cualquiera de sus familiares hasta el tercer grado.

De adición nuevo punto  

El Senado insta al Gobierno a promover medidas de reparación a las víctimas del franquismo, que lo fueron por participar en la vida democrática y defenderla, así como a las organizaciones o colectivos sociales que contribuyeron a la defensa de la democracia, mediante la elaboración de estudios y publicaciones, la celebración de jornadas y homenajes, la construcción de monumentos conmemorativos o de cualquier elemento análogo en su recuerdo y reconocimiento.

De igual modo, alentará la reflexión crítica hacia cualquier forma de exclusión violenta de personas o colectivos por razón de clase social, género, raza, credo o cualquier otro elemento constitutivo de la identidad, a partir del conocimiento del pasado traumático del Estado español y la gestión de la Memoria Democrática, realizando menciones públicas basadas en la integración y en la generosidad propias de la democracia hacia las víctimas de la violencia de cualquier signo del pasado traumático del Estado español.

De adición nuevo punto

El Senado insta al Gobierno a impulsar actuaciones para que las organizaciones y empresas que utilizaron los trabajos forzados en su beneficio adopten medidas de reconocimiento y reparación a las víctimas.

De adición nuevo punto

El Senado insta al Gobierno a impulsar la creación de un Fondo Documental de Memoria Democrática en el Estado español, cuya misión será la investigación histórica, la búsqueda y acceso de nuevas fuentes y, de modo más específico, la elaboración de un Censo de Memoria Democrática en el Estado español, a través de la investigación y validación de información relativa al pasado traumático del Estado, en los términos que se determinen reglamentariamente.

Para la creación de dicho censo l Gobierno español promoverá la colaboración con entidades académicas, así como instituciones públicas y privadas titulares de archivos que pudieran albergar documentación relacionada con esta materia para su estudio y tratamiento y con las entidades académicas con las que establecer mecanismos de colaboración, para estudiar y difundir la Memoria Democrática del Estado español.

El Gobierno Español incorporará los datos sobre españoles al Censo de Edificaciones y obras realizadas mediante trabajos forzosos recogido en el artículo 17 de la Ley 52/2007 de 26 de diciembre.

De adición nuevo punto

El Senado insta al Gobierno a legislar, para considerar contraria a la Memoria Democrática del Estado español y a la dignidad de las víctimas, a las asociaciones, entidades, fundaciones, etc… que conmemoren, justifiquen, exalten, enaltezcan el golpe militar del 1936, el franquismo o a sus dirigentes, procediendo a su ilegalización inmediata.

Se considera contraria a la Memoria Democrática del Estado español y a la dignidad de las víctimas la exhibición pública de elementos o menciones realizados en conmemoración, exaltación o enaltecimiento individual o colectivo del golpe militar de 1936 y del franquismo, de sus dirigentes o de las organizaciones que sustentaron al régimen dictatorial, tales como:

  1. a) Placas, escudos, insignias, inscripciones y otros elementos sobre edificios públicos o situados en la vía pública.
  2. b) Alusiones que desmerezcan a la legalidad republicana y sus defensores.
  3. c) Alusiones a los participantes, instigadores y/o legitimadores de la sublevación militar de 1936 y de la Dictadura franquista.

Las Administraciones Públicas del Estado español, en el ejercicio de sus competencias, adoptarán las medidas necesarias para proceder a la retirada o eliminación de los elementos contrarios a la Memoria Democrática del Estado español, sin perjuicio de las actuaciones que las víctimas, sus familiares o las entidades memorialistas puedan llevar a cabo en defensa de su derecho al honor y la dignidad.

Las Administraciones Públicas del Estado español procederán de igual modo a revisar y revocar de toda distinción, mención, título honorífico o cualquier otra forma de exaltación de personas vinculadas con el régimen franquista, como los títulos de alcaldes honorarios, hijos predilectos o hijos adoptivos, procediéndose en el plazo máximo de un año a realizar las diligencias oportunas que lo certifiquen.

Para conocer el grado exacto de cumplimiento de estas obligaciones y establecer las medidas oportunas dentro del ámbito competencial, el Gobierno español procederá a realizar un Censo de Símbolos contrarios a la Memoria Democrática, que será revisado y actualizado por la Comisión Técnica de Memoria Democrática creada para el cumplimiento de esta ley.

No se considerará que concurren razones artísticas o arquitectónicas para el mantenimiento de los elementos de exaltación de la Dictadura, salvo informe favorable en tal sentido del Departamento competente en materia de Patrimonio Cultural, que se emitirá por este en el plazo de tres meses a solicitud de la persona interesada, en los supuestos descritos en el apartado primero de este artículo.

De adición nuevo punto  

El Senado insta al Gobierno a legislar para proceder a la ilegalización inmediata de las entidades que atenten contra la memoria democrática, que exalten al franquismo o a sus dirigentes militares o políticos.

Se modificará el Código Penal para incluir la tipificación como delito de cualquier forma de manifestación, personal o colectiva, ejercida en el espacio público o virtual que sea contraria a la Memoria Democrática y atentatoria contra la dignidad de las víctimas, la exaltación, justificación o negacionismo del franquismo y su genocidio practicado contra el pueblo español, la justificación del golpe de estado, o la exaltación de los dirigentes del franquismo.

De adición nuevo punto

El Senado insta al Gobierno a modificar la Ley de Memoria Histórica y el Código Penal para establecer un régimen sancionador contra los ayuntamientos, entidades públicas y privadas y particulares que incumplan la Ley de Memoria Histórica o exalten el franquismo, con su calificación de infracciones y procedimientos.

De adición nuevo punto

El Senado insta al Gobierno a promover la investigación y divulgación de la Memoria Democrática del Estado español. Con el objeto de avanzar en el estudio y conocimiento científico de la Memoria Democrática del Estado español, el Gobierno español promoverá programas de investigación y divulgación, en los que podrán participar las instituciones académicas y las entidades memorialistas del Estado de acuerdo con los planes de actuación aprobados.

De adición nuevo punto

El Senado insta al Gobierno a potenciar el conocimiento de la Memoria Democrática del Estado a través de los medios de comunicación públicos y de la realización de programas específicos de divulgación y de la cobertura informativa de las actividades relacionadas con la materia.

De adición nuevo punto

El Senado insta al Gobierno a impulsar la tramitación de los expedientes registrales para la inscripción de defunción de las víctimas desaparecidas, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional octava de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.

De adición nuevo punto

El Senado insta al Gobierno a recordar, siempre y cuando sea posible, con una mención especial a los españoles confinados o muertos en los campos de concentración de Europa y en los lugares donde participaron de forma activa en la lucha contra el fascismo, bien fuera en grupos guerrilleros de la Resistencia, bien en unidades militares de las fuerzas aliadas.

De adición nuevo punto

El Senado insta al Gobierno a impulsar en todas las acciones de política de memoria la consideración de la perspectiva de género con el objetivo de dar visibilidad y dotar de medios para el conocimiento de la violencia específica ejercida contra las mujeres dentro del ámbito de la Memoria Democrática, procurando incorporar dicha perspectiva en acciones de catalogación archivística, programas de difusión y de investigación académica, así como de reconocimiento en el espacio público.

De adición nuevo punto

El Senado insta al Gobierno a proceder a la adecuación de las normas de los registros civiles a efectos de la correcta determinación de las causas de muerte.

De adición nuevo punto

El Senado insta al Gobierno a proceder a la elaboración de un inventario de los bienes saqueados, embargados o expoliados por motivos políticos, religiosos y de represalias.

De adición nuevo punto

El Senado insta al Gobierno a abordar el caso de los niños robados durante el franquismo y postfranquismo y que se establezca, para tal caso, la modificación en el Código Penal de la desaparición forzada como crimen contra la humanidad. Lo que empezó siendo una forma de represión del franquismo contra sus enemigos políticos, evolucionó hacia un lucrativo negocio. Pero el elemento definitorio es que las víctimas siempre formaron parte de los grupos sociales derrotados en 1939, mientras que los victimarios formaban parte de los vencedores y actuaron con completa impunidad, herencia directa de la impunidad de los crímenes y criminales franquista. Esa es la explicación de por que estos crímenes pudieron prolongarse tanto en el tiempo.

Ante el origen y la problemática común de la cuestión, se dará un trato integral a todos los casos denunciados, evitándose la tendencia a la dispersión de los mismos.

Se elaborará para tal fin un banco de ADN que integre muestras genéticas de todos los casos que hayan sido denunciados de los niños y niñas que podrían haber sido víctimas de apropiación, desaparición forzada y/o sustitución de su identidad, tanto por vía administrativa como judicial.