N° Registro Telemático: | 100750 |
Firma: | MULET GARCÍA, CARLES (18997925V) |
Id. de transacción de firma: | TRANSAC_a0f1c5021a404d0295a961fa6c1e141e |
* Pregunta nº179876
NºRegistro: 24041 Expediente: 684/011753/0001
D. CARLES MULET GARCÍA, Senador designado por las Corts Valencianes, del GRUPO PARLAMENTARIO IZQUIERDA CONFEDERAL (ADELANTE ANDALUCÍA, MÉS PER MALLORCA, MÁS MADRID, COMPROMÍS, GEROA BAI Y CATALUNYA EN COMÚ PODEM), al amparo de lo previsto en los artículos 160 y 169 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente pregunta con respuesta escrita:
A las preguntas escritas
1. ¿Qué mecanismos existen para comprobar las denuncias de discriminación lingüística de ciudadanos que se expresan en las lenguas no castellanas, con las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado? ¿Cómo se contrastan los hechos?
2. Para evitar la discriminación lingüística de las lenguas no castellanas, ¿Cómo se asegura que en cada patrulla policial hay agentes que entiendan el valenciano?
3. En denuncias de discriminación lingüística por parte de funcionarios y autoridades del Estado ¿Cuántos casos se han comprobado y han llevado a sanciones y expedientes disciplinarias por falta de respecto a la ciudadanía que se expresa en valenciano?
4. ¿Cómo es que hasta recientemente no había órdenes porque las comisarías de la Policial Nacional se aseguraron que en cada turno haya un agente valencianohablante o que entienda el valenciano? ¿ se aplicará esta medida a la Guardia Civil en territorio valenciano?
5. Respecto a la instrucción de atender en las comisarías del País Valencià en valenciano ¿Cómo valora que algún representante de sindicatos de policía ha dicho por escrito que los ciudadanos tienen la obligación de hablar en castellano? ¿Esto indica que no conocen los derechos lingüísticos reconocidos de la ciudadanía?
El Gobierno responde:
RESPUESTA: En relación con las preguntas formuladas se informa que, en el ámbito de la Policía Nacional, las cuestiones lingüísticas y la atención a los ciudadanos en valenciano no constituyen, ni han constituido nunca, una problemática en la Comunidad Valenciana. Esta afirmación se fundamenta en los siguientes hechos objetivos:
¿ ¿ El elevado número de agentes de Policía Nacional oriundos de esta Comunidad Autónoma que conocen y pueden expresarse en valenciano.
¿ ¿ La existencia, en oficinas de atención al público (Oficinas de Denuncias y Oficinas de Documentación), de impresos y formularios en idioma valenciano para los trámites más habituales.
¿ ¿ La existencia del Convenio para la promoción del conocimiento del valenciano entre los funcionarios de la Administración General del Estado en la Comunidad Valenciana, suscrito el 25 de diciembre de 1995, entre la Generalitat y el Instituto Nacional de Administración Pública, que ofertan cursos de iniciación y de perfeccionamiento en la lengua valenciana para personal de la Administración General del Estado.
¿ ¿ La máxima publicidad, difusión y facilidades que desde la Administración se da a la oferta formativa de Cursos de Valenciano.
¿ El número de quejas ciudadanas por problemas relacionados con la expresión lingüística en valenciano es residual tal como se desprende de los datos contenidos en la siguiente tabla, actualizada a fecha 20 de febrero de 2020; tanto es así, que alcanzan un porcentaje ínfimo en relación con el total de la población a la que Policía Nacional da servicio en esa zona.
PROVINCIA 2015 2016 2017 2018 2019 2020
VALENCIA 2 2 6 4 1 0
ALICANTE 0 0 1 1 0 0
CASTELLÓN 0 1 0 1 0 0
TOTAL JEFATURA 2 3 7 6 1 0
Cualquier situación sobre discriminación lingüística conocida en las relaciones de los policías con los ciudadanos tiene el tratamiento adecuado, inicialmente como queja o denuncia y por vía disciplinaria, a nivel interno, por incumplir los principios básicos de actuación, si hubiera indicios de mala praxis.
En el ámbito de la Guardia Civil, se ha dotado a las diferentes Unidades de formularios en valenciano de varios procedimientos administrativos y del ámbito penal, al objeto de favorecer el uso de la lengua de la Comunidad a los ciudadanos.
Además, en el año 2014 se elaboró un procedimiento de actuación para los miembros de esta Institución, con la finalidad de poder atender a los ciudadanos que optasen por utilizar el idioma valenciano y evitar cualquier tipo de incidente.
Aparte de lo anterior, desde la propia Institución, y desde la Administración Pública en general, se fomenta el aprendizaje y perfeccionamiento del valenciano por parte de los componentes del Cuerpo y, en general, de todos los empleados públicos de la Administración General del Estado destinados en la Comunidad Valenciana.
Como resultado del Convenio antes indicado, desde el año 1998 hasta la actualidad, un total de 2.013 Guardias Civiles han formado parte de un total de 128 cursos de formación y perfeccionamiento de la lengua valenciana.
Otra clara muestra del fomento del conocimiento de las lenguas cooficiales dentro de esta Institución, al objeto de ofrecer un servicio más completo y de mayor calidad al ciudadano, es la baremación de dichos conocimientos para la obtención de los destinos por concurso de méritos, de acuerdo al Anexo III de la Orden General núm. 7 de 27 de diciembre de 2013, por la que se desarrolla la Orden INT/1176/2013, de 25 de junio, por la que se establecen las normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en el Cuerpo de la Guardia Civil.
Por último, cabe decir que desde la Dirección General de la Guardia Civil se fomenta y prima al personal con conocimientos homologados de las lenguas cooficiales, con la finalidad de ofrecer un servicio más completo y de mayor calidad al ciudadano, al encontrarse baremados en la obtención de los destinos por concurso de méritos, de acuerdo al Anexo IV de la Orden General núm. 3, de 9 de abril de 2018, sobre provisión de destinos por concurso de méritos en la Guardia Civil.
El Gobierno no ha respondido a estas preguntas que por ello se reiteran:
1. Para evitar la discriminación lingüística de las lenguas no castellanas, ¿Cómo se asegura que en cada patrulla policial hay agentes que entiendan el valenciano?
2. Respecto a la instrucción de atender en las comisarías del País Valencià en valenciano ¿Cómo valora que algún representante de sindicatos de policía ha dicho por escrito que los ciudadanos tienen la obligación de hablar en castellano? ¿Esto indica que no conocen los derechos lingüísticos reconocidos de la ciudadanía?
3. ¿Cómo es que hasta recientemente no había órdenes porque las comisarías de la Policial Nacional se aseguraron que en cada turno haya un agente valencianohablante o que entienda el valenciano? ¿ se aplicará esta medida a la Guardia Civil en territorio valenciano?
4. A parte de los cursos mencionados, no existen otras medidas para terminar con la discriminación lingüística, que posiblemente el Gobierno no conoce al no vivirla día a día pero yo sí?
5. ¿Por qué cita el Gobierno órdenes ministeriales derogadas, como es por ejemplo el caso de la Orden INT/1176/2013, de 25 de junio, por la que se establecen las normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en el Cuerpo de la Guardia Civil.