Presenta junto a representantes de Europa Laica y otros colectivos una moción en el Senado para situar a España en las recomendaciones europeas sobre la libertad de expresión y la creciente sensibilidad de ciertas religiones

Madrid, 25 de febrero de 2020

Los senadores del Grupo Parlamentario de la Izquierda Confederal han reclamado hoy en el Senado impulsar la derogación del artículo 525 del Código Penal, con el objetivo de alinear a nuestro país con el sentir de la Comisión Europea, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos o el Consejo de Europa, que han apostado claramente por despenalizar esta clase de delitos.

En la rueda de prensa han participado además de los senadores Koldo Martínez, Pilar González, Carles Mulet, Vicenç Vidal y Eduardo Rubiño los representantes de Europa Laica, Antonio Gómez Movellán, la periodista Teresa Aranguren de la Asociación proDerechos Humanos y el filósofo Javier Sádaba.

La legislación española todavía prevé pena de multa de ocho a doce meses a quienes “hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna”.

Pese a que la jurisprudencia existente asienta la prevalencia de la libertad de expresión y prácticamente no hay condenas por delitos contra los sentimientos religiosos, la existencia de este artículo sigue permitiendo que se presenten denuncias ante los tribunales contra quienes satirizan sobre asuntos religiosos, que se ven forzados a asumir la llamada pena de banquillo.

Uno de los últimos pronunciamientos procedentes del Consejo de Europa a este respecto, es el producido tras los atentados contra el semanario francés Chariie-Hebdo el 7 de enero del 2015. Se trata de la Resolución 2031 (2015), dictada por la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa el 28 de enero de 2015. En ella se afirma rotundamente que el uso de la sátira, la información o las ideas que puedan ofender, chocar o perturbar, incluida la crítica religiosa, están amparadas por la libertad de expresión del artículo 10 del CEDH, como exigencias de una sociedad plural y tolerante. Y que ta libertad de expresión no debe restringirse para satisfacer la creciente sensibilidad de ciertas religiones.