indulto

Madrid, 30 de abril de 2018 El portavoz de Compromís en el Senado, Carles Mulet, ha presentado una pregunta escrita al Gobierno en la cual se exige se aplique la gracia del indulto para el exalcalde de Carcaboso (Cáceres), Alberto Cañedo, y ha exigido al PSOE estatal que deje de mirar a otro lado respecto a la indecente campaña de acoso de su partido contra el partido político “ Extremeños”.

Según Mulet “los partidos políticos tradicionales han de aceptar las reglas del juego democrático y cuando el pueblo no te vota, no sirve el todo vale para destruir a la opción escogida por la ciudadanía, esperemos que algún día se haga justicia y estos desmanes se acaben pagando por parte de la casta del PSOE, que seguramente nunca más volverá a ocupar el gobierno de este municipio con estas tácticas”.

El portavoz de la coalición valenciana en la Cámara Alta ha mostrado el apoyo a las políticas verdes, participativas y ejemplares de Extremeños en Carcaboso, políticas que han tenido continuación, a pesar de los continuos ataques intolerables del PSOE y ante lo que se consideran unas decisiones judiciales injustas. Por ello se ha pedido al Gobierno que actúe “ siempre hemos sido críticos con mantener “la gracia” del indulto, por el propio abuso que ha hecho el Gobierno otorgándolo a gente que no se lo merece objetivamente. Pero mientras esta medida siga vigente en nuestro ordenamiento jurídico, ha de aplicarse para casos como el de Alberto Cañedo, sabemos que son cientos las peticiones remitidas ya al Gobierno por este caso concreto, y por eso nos sumamos y pedimos que se impulse y proponga por el consejo de ministros aplicarlo”.

Compromís en el Senado ha reiterado el apoyo a Alberto Cañedo, y al partido Extremeños .

Texto de la petición

 

 

 

Tras una continuada labor de acoso y derribo, un concejal de la oposición de Carcaboso, (Cáceres) con el único apoyo de su hermano, con quien se alterna en estas labores pretendiendo llegar a la alcaldía de la forma menos honesta y democrática posible, ha conseguido arrancar de la justicia una decisión descabellada e injusta, que inhabilita a su alcalde, democráticamente elegido por la mayoría absoluta de los vecinos de la localidad, durante 17 años para ejercer su cargo.

Desde la plataforma por la justicia “Apoyo Alberto Cañedo” se ha iniciado una recogida de firmas a través de la página change.org solicitando el indulto a su compañero por considerar completamente injustas, y ampliamente desmesuradas, las sentencias que le condenan.

Alberto Cañedo ha demostrado absolutamente su inocencia y ser víctima de un sistema al servicio de los grandes partidos, en el que no existe la necesaria independencia entre los poderes legislativo, ejecutivo y judicial.

Pese a las 3 sentencias condenatorias queda probado que Alberto ha sido víctima de una estrategia política encaminada a satisfacer los egos personales de un grupo de caciques locales, que se amparan en la política y en un sistema judicial viciado, para conseguir su lucro particular y saciar su sed de venganza, por haber sido apartados sistemáticamente, de forma legítima y democrática, de la alcaldía de la localidad.

Esta injusticia ha sido posible gracias a la connivencia del PSOE Extremeño que, conocedor del caso, ha preferido mirar hacia otro lado en lugar de enfrentarse a este díscolo comité local, prevaleciendo sus resultados internos sobre el derecho a la legítima defensa de Alberto Cañedo.

Para una mayor comprensión explicamos brevemente las sentencias condenatorias:

 

PREVARICACIÓN ADMINISTRATIVA.

  • El concejal de la oposición satura el ayuntamiento a solicitudes de información, a las que, por ley, Alberto está obligado a contestar en un plazo máximo de 5 días.
  • En poco más de dos años se presentan más de 700 solicitudes, cuando en una localidad como Plasencia, con 40.000 habitantes más, apenas se presentan 5 o 6 mensuales.
  • Pese a la situación de colapso que esta saturación plantea Alberto consigue responder a las más de 700 solicitudes.
  • En primera instancia se considera que 5 de esas 700 no han sido contestadas. En la audiencia provincial se demuestra que sí.
  • Pese a ello es condenado a inhabilitación para cargo público durante 9 años. Tanto la audiencia provincial como la nacional consideran justa la sentencia sin escuchar de nuevo a Alberto.

PREVARICACIÓN URBANÍSTICA

  • Una promotora decide construir 6 viviendas en una solar propiedad de la familia de los concejales de la oposición. Solar reparcelado de una unidad de ejecución que, según sentencia firme, está completamente urbanizada.
  • Los compradores de esas viviendas inician el pago de las mismas para que el constructor vaya ejecutándolas. Alguno de ellos incluso se va a vivir a la vivienda antes de su finalización total.
  • El constructor entra en quiebra y no puede terminarlas, por lo que, junto a los vecinos, solicita a Alberto que conceda licencia de primera ocupación para así poder escriturarlas, que paguen el restante, y con ese dinero finalizar la obra.
  • Al no estar finalizada la urbanización, pese a que había sentencia que decía que sí, el secretario y el técnico municipal advierten que no se debería dar esta licencia, aunque, afirman, este informe no es vinculante y queda a criterio del alcalde hacerlo o no.
  • A la vista de que si no se concede la licencia los vecinos perderían su vivienda y el dinero invertido Alberto decide asumir el riesgo y firmarla, no sin antes pedir un aval bancario al constructor para que se finalice la obra a su cargo en caso de no completarse.
  • El constructor vuelve a caer en quiebra y no finaliza la urbanización. Cuando se va a ejecutar el aval se comprueba que hay un fallo en la redacción y que el aval ha caducado y no puede ser ejecutado. El custodio de ese aval es el secretario municipal.
  • Los vecinos, que ya están habitando las viviendas, que están finalizadas completamente, asesorados por el gabinete de abogados de los concejales de la oposición, denuncian por lo penal a Alberto, en lugar de dirigirse por la vía administrativa al ayuntamiento, cuyo seguro de responsabilidad civil habría cubierto los gastos derivados de este proceso.
  • La juez considera que Alberto es responsable de esta situación y decide condenarlo a 8 años de inhabilitación, sin responsabilidad civil.
  • En el recurso a la audiencia provincial esta considera que sí existe responsabilidad y le condena al pago de 37.000 euros.
  • La audiencia nacional desestima de nuevo el recurso sin escuchar a Alberto.
  • Si Alberto no hubiese concedido la licencia de primera ocupación habría sido condenado igualmente porque había una sentencia que decía que la urbanización estaba acabada.
  • Los vecinos pasaron de llorar a Alberto para que concediera la licencia de primera ocupación a denunciarlo por hacerlo y acabar así prácticamente con sus posibilidades de subsistencia.

DESOBEDIENCIA O QUEBRANTAMIENTO DE CONDENA:

  • Alberto recibe la notificación de la primera sentencia por la que debe abandonar su cargo como alcalde.
  • Alberto, disconforme con la misma decide recurrir a la audiencia provincial.
  • Esta ratifica la sentencia de la primera instancia, por lo que el recurso se traslada a la audiencia nacional.
  • La acusación solicita la ejecución de sentencia.
  • Se estima que al estar en recurso no debe abandonar su cargo hasta que no se falle este nuevo recurso, porque en caso de prosperar se provocaría una situación irreversible y es que una vez dimitido, aunque se fallara a su favor, no podría recuperar el cargo.
  • Todas las fuentes jurídicas consultadas estiman que no debe dimitir hasta que no haya una sentencia firme del supremo.
  • La acusación tramita la denuncia por quebrantamiento de condena por un juzgado diferente al que estudia el recurso.
  • Al no cruzarse información se estima que efectivamente existe quebrantamiento por no haber dimitido en julio, aunque sí lo hizo en diciembre.
  • En el mismo caso personajes públicos como Urdangarín, sobre el que cae una pena de prisión, aún están en libertad por estar pendientes de recurso. La situación con Alberto es más complicada porque si Urdangarín, por ejemplo, entrara en la cárcel, y luego prosperase el recurso, se le indemnizaría por el tiempo pasado en prisión. Sin embargo, si el recurso de Alberto hubiese prosperado y él hubiese dimitido, se le podría indemnizar por el daño causado, pero nadie indemnizaría de ninguna manera al pueblo que por una resolución injusta hubiera perdido a su acalde elegido democráticamente.

 

 

 

 

 

 

Por todo ello se pregunta, al Gobierno, si de acuerdo a las prerrogativas de que goza, piensa impulsar y aprobar el indulto hacia la persona de Alberto Cañedo.

 

En caso afirmativo, en qué fecha

En caso negativo, por qué motivo no va a adoptar esta medida