La Mesa  evita que Maza done explicacions d’un cas que implica suposadament al vicepresident de la cambra alta. ( ampliar informació ací:

Adjuntem escrit registrat avui en el Senat:

 

A LA MESA DEL SENADO

 

 

Carles Mulet Garcia, senador de Compromís, designado por las Cortes Valencianas, ante el escrito de la Mesa (registro de salida 3368, 22/02/2017), 713/000102/0001), en el cual veta la admisión a trámite la solicitud de comparecencia del Fiscal General del Estado, don José Manuel Maza Martín, ante la comisión correspondiente, para explicar las últimas informaciones periodísticas sobre posibles tratos de favor a causas investigada, que implicarían a dirigentes del PP. Presento este escrito de reconsideración.

 

 

En el escrito de veto, se justifica que la Fiscalía General está sometida únicamente a los principios de legalidad e imparcialidad regidos en los artículos 6 y 7 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal ( vaya por delante la ironía de esta respuesta dada).

 

 

Estos artículos que invoca la Mesa para vetar la comparecencia dicen literalmente:

 

Artículo sexto

Por el principio de legalidad el Ministerio Fiscal actuará con sujeción a la Constitución, a las leyes y demás normas que integran el ordenamiento jurídico vigente, dictaminando, informando y ejercitando, en su caso, las acciones procedentes u oponiéndose a las indebidamente actuadas en la medida y forma en que las leyes lo establezcan.

Si el Fiscal estimare improcedente el ejercicio de las acciones o la actuación que se le haya confiado, usará de las facultades previstas en el artículo 27 de este Estatuto.

Artículo séptimo

Por el principio de imparcialidad el Ministerio Fiscal actuará con plena objetividad e independencia en defensa de los intereses que le estén encomendados.

 

 

El artículo 10:

 

Artículo diez

El Ministerio Fiscal colaborara con las Cortes Generales a requerimiento de éstas y siempre que no exista obstáculo legal, sin perjuicio de comparecer ante las mismas para informar de aquellos asuntos para los que especialmente fuera requerido. Las Cortes Generales se comunicaran con el Ministerio Fiscal a través de los Presidentes de las Cámaras.

 

Por lo tanto, no vemos ningún impedimento en este reglamento a que comparezca en esta cámara, no constituye este reglamento ningún obstáculo sino todo lo contrario. No alega la Mesa en su escrito ningún obstáculo legal, simplemente recurre al Estatuto Orgánico, haciendo una interpretación torticera e interesada. Más cuando justamente, este mismo Fiscal General sí ha comparecido ante el Congreso, para explicar exactamente lo mismo que este senador ha exigido, por lo que se crea un precedente claro.

 

La decisión de la Mesa ha sido totalmente arbitraria, entendemos que la situación de vicepresidente primero del Senado, como persona directamente afectada por las informaciones periodísticas que hablarían de un presunto trato de favor o injerencia del Fiscal General, puede ser el motivo de esta inaudita decisión  o censura. Nos avergüenza enormemente este nuevo atropello de la Mesa del Senado a los derechos de los senadores.

 

Por ello, pido la reconsideración de la censura, veto o injerencia de la Mesa del Senado a la petición de comparecencia del Fiscal General de Estado en el Senado, como sí ha hecho en el Congreso.

 

La Fiscalía General del Estado también modificó el criterio de un informe fiscal desfavorable para frenar la investigación sobre el expresidente de La Rioja, Pedro Sanz, por posible prevaricación urbanística en el caso de su chalet de Villamediana de la Iregua levantado en terreno no urbanizable, según informa El Mundo.

La noticia se conoce después de que este miércoles la Fiscalía General se opusiese a acusar al presidente de Murcia contra el criterio de las dos fiscales del caso Púnica y del juez, Eloy Velasco, y de que el PSOE haya pedido la comparecencia del fiscal general del Estado en el Congreso para explicar si existieron presiones por parte del Gobierno.

El responsable de este organismo, José Manuel Maza,  ha rechazado cualquier tipo de presión este jueves en relación a este caso, mientras el ministro de Justicia ha restado importancia al asunto en una entrevista en la Cadena Ser, en la que ha cargado también contra las dos fiscales del caso por hacer constar sus discrepancias.

Según revela El Mundo, el fiscal del caso de Pedro Sanz archivó la causa por posible prevaricación porque, aunque existían “indicios de la comisión de este delito”, no eran “suficientes para ordenar la investigación penal”. El actual vicepresidente del Senado convirtió una casa de aperos en un chalet de dos plantas en un suelo no urbanizable mediante sucesivas licencias.

En 2013, el alcalde de Villamediana de Iregua impulsó un Plan General Municipal que favoreció la regularización de las obras realizadas en la vivienda. Por ello, en octubre de 2016  una jueza dictó un auto en el que ordenaba investigar si el ayuntamiento había modificado su normativa para avalar que Sanz construyese su vivienda. La magistrada señalaba que la normativa “podría evidenciar la realidad de una decisión de última hora no basada en razones exclusivamente técnicas y de urbanismo, sino de favorecer a una persona y unos intereses en particular”.

La Fiscalía General pidió al fiscal del caso un informe –remitido a la Secretaría Técnica en el que se considera a Pedro Sanz presunto autor de un delito urbanístico. El fiscal preparó entonces un segundo informe para rechazar el recurso que había presentado el alcalde y continuar investigando.

Ese documento, sin embargo, finalmente concluyó que debía archivarse la causa. Tras pasar por la Secretaría Técnica, el redactado final del informe razona que debe archivarse “no porque considere que no hay indicios de la comisión de este delito, sino porque los existentes no son suficientes para ordenar la investigación penal”.